Licencia de Apertura Inocua
Documentación a presentar

- Instancia del interesado solicitando la licencia.
- Fotocopia compulsada de la escritura de propiedad del local o del contrato de arrendamiento.
- Declaración del técnico que autorice el proyecto de que éste cumple con todos sus extremos con la ordenación urbanística de aplicación en este Municipio.
- Memoria descriptiva de la actividad.
- Plano de emplazamiento.
- Planos del local, de planta y sección, detallando la distribución, mobiliario, equipos de protección contra incendios, instalación de alumbrado de emergencia y señalización y posibles elementos industriales.
- Certificaciones de técnicos responsables acreditativas de que el alumbrado, calefacción, ventilación y medidas contra incendios, han sido instalados con arreglo a lo preceptuado en las disposiciones vigentes.
- Si se actúa en nombre de otra persona, deberá acreditarse por cualquier medio válido en Derecho (escritura de constitución de la sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil, poder notarial de representación, etc.)
- Si va a realizar Obra:
- Solicitud de licencia de obras y Proyecto Técnico por duplicado redactado por Técnico competente y Visado por el Colegio Oficial correspondiente, si se van a realizar obras que precisen proyecto.
- Presupuesto desglosado por partidas.
- Declaración de haberse colocado en el lugar en el que se pretendan llevar a cabo las obras, cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras.
- Presentación del Ingreso de Autoliquidación del Pago de Tasas e ICIO, sobre el presupuesto SIN IVA. Previo a la solicitud.

TASA 1,3 %
ICIO 2,65 %
Cuentas Bancarias donde se debe efectuar el pago de las autoliquidaciones.
Banco Zaragozano 0103-0203-74-0100051129
Caja Madrid 2038-2255-71-6000178363
Banesto 0030-1502-60-0870004271

Tramitación

- Este tipo de licencia requiere informes de nuestros Servicios Técnicos Municipales y se concede mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
- El plazo aproximado de concesión es de dos meses.

Liquidación

- Autoliquidación bancaria previa a la solicitud de la licencia
- El pago de impuestos y tasas, y la admisión de documentación no tendrá en ningún caso, valor de concesión de licencia, que sólo se considera concedida con la resolución de la Junta de Gobierno Local.

Notificación

- La notificación de la concesión de la licencia se realizará a través de correo certificado, salvo que el interesado comunique su intención de recogerla en mano. En tal caso, deberá indicarlo en la solicitud. Una vez notificada la concesión de la licencia de obra e instalación, podrá comenzarse la obra.