- Instancia del interesado, por triplicado.
- Proyecto Técnico redactado por Técnico competente y Visado, por triplicado
- Declaración del técnico/s autor/es sobre su conformidad con la ordenación urbanística vigente en este Municipio.
- Declaración de impacto ambiental cuando se requiera conforme a la legislación vigente.
- Restante documentación técnica exigible conforme a la legislación de ordenación de la edificación.
- Fotocopia compulsada de la escritura de propiedad del local o contrato de arrendamiento o cesión.
- Escritura de constitución de la sociedad, si es persona jurídica, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y fotocopia compulsada del poder.
- Declaración de haberse colocado en el lugar en el que se pretendan llevar a cabo las obras, cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras.
- Si va a realizar Obra:
- Solicitud de licencia de obras y Proyecto Técnico por duplicado redactado por Técnico competente y Visado por el Colegio Oficial correspondiente, si se van a realizar obras que precisen proyecto.
- Declaración de haberse colocado en el lugar en el que se pretendan llevar a cabo las obras, cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras.
- Justificante bancario del abono mediante Autoliquidación de Tasas e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras, de las obras que se vayan a realizar.
* Se deberá abonar la Tasa –1,3%-, y el Impuesto sobre Construcciones –2,65%-.
(Se calculará sobre el Total del presupuesto sin IVA).
Cuentas Bancarias donde se debe efectuar el pago de las autoliquidaciones.
Banco Zaragozano 0103-0203-74-0100051129
Caja Madrid 2038-2255-71-6000178363
Banesto 0030-1502-60-0870004271
BOCM
- Justificante bancario de ingreso en concepto de fianza, por la publicación del anuncio en el BOCM de la solicitud de licencia de apertura, por un importe de 130 €.
CAJA MADRID 2038 2255 71 6000088740
En caso de que la factura del BOCM, sea inferior a los 130 € se le reintegrará en su cuenta bancaria la diferencia, por lo que deberá indicarnos la misma. Si la factura es superior se aprobará la liquidación correspondiente por la Junta de Gobierno Local, cuando se resuelva el expediente.
No se enviará el anuncio al BOCM, mientras no se reciba el justificante bancario correspondiente.
- Este tipo de licencia requiere informes de nuestros Servicios Técnicos Municipales y se concede mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
- El plazo aproximado de concesión es de seis meses.
- Autoliquidación bancaria previa a la solicitud de la licencia
- El pago de impuestos y tasas, y la admisión de documentación no tendrá en ningún caso, valor de concesión de licencia, que sólo se considera concedida con la resolución de la Junta de Gobierno Local.
- La notificación de la concesión de la licencia se realizará a través de correo certificado, salvo que el interesado comunique su intención de recogerla en mano. En tal caso, deberá indicarlo en la solicitud. Una vez notificada la concesión de la licencia de obra e instalación, podrá comenzarse la obra.