Ocupación de Vía Pública con contenedores, mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, andamios, casetas de obras y otras instalaciones análogas. Ocupación del vuelo de la vía pública, siempre que no se tenga la consideración de empresa suministradora de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.1.3 de la Ley 39/1988.

Documentación a presentar

- Solicitud del interesado, especificando el lugar exacto que se quiere ocupar, y el período de tiempo.
- Presentación del Ingreso de Autoliquidación del Pago de Tasas,
- TASA ocupación Vía Pública:


1. Por cada metro cuadrado o fracción al mes 3,50 €
2. Por cada corte de calle por cada hora o fracción 30,00 €
3. Por cada contenedor por semana 7,00 €
En cualquier caso, la cuota tributaria mínima por ocupación de la vía pública en el supuesto número 1 será de 50,00 €

- TASA ocupación Vuelo de la Vía Pública:


1.Por cada grúa cuyo brazo ocupe la vía pública, al mes o fracción 30,00 €
2.Por otros usos al mes o fracción 15,00 €
3.La cuota tributaria mínima 50,00€

Cuentas Bancarias donde se debe efectuar el pago de la autoliquidación:


Banco Zaragozano 0103-0203-74-0100051129
Caja Madrid 2038-2255-71-6000178363
Banesto 0030-1502-60-0870004271

Tramitación

- Este tipo de licencia requiere informe de nuestros Servicios Técnicos Municipales y se concede mediante resolución de la Concejalía.
- El plazo aproximado de concesión es de tres semanas.

Liquidación

- Autoliquidación bancaria previa a la solicitud de la licencia
- El pago de impuestos y tasas, y la admisión de documentación no tendrá en ningún caso, valor de concesión de licencia, que sólo se considera concedida con la resolución de la Concejalía.

Notificación

- La notificación se realizará a través de correo certificado, salvo que el interesado comunique su intención de recogerla en mano. En tal caso, deberá indicarlo en la solicitud.